miércoles, 24 de noviembre de 2010

Reglas de equipajes de mano del aeropuerto (y es que hay de todo)


Algunas de las personas que lean este post seguramente saldrán de viaje en las próximas fiestas decembrinas para visitar a familiares o amigos. Algunos, por la distancia, tendremos la necesidad de viajar en avión hasta nuestro destino (porque viajar casi 19 horas en carretera, para mí, no es de dios)

Cuando viajamos a un lugar es común que traigamos (o llevemos) cosas que normalmente en nuestros lugares de origen (o destino) no hay. Comidas, bebidas, ropa o regalitos (sobre todo por estas fechas) es un común denominador en el regreso del viaje pero no todo está permitido poder llevar dentro de nuestro equipaje.


Es importante saber qué se puede y qué no se puede llevar para evitarnos molestias y, sobretodo, para que “no nos agarren en curva” y nos pidan dinero para poder llevar ciertas cosas en el equipaje cuando seguramente está permitido.

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) definió “nuevas” características que el equipaje de mano debe de poseer para poder abordar con él. Tengo que mencionar que hay cosas que me sorprendieron de estas “nuevas especificaciones” porque son cosas que, en mi perspectiva, no deberían de llevarse en el equipaje (vaya, sentido común)


A continuación enlisto (resumido) las especificaciones:
  • Ropa y calzado (menos mal)
  • Artículos electrónicos
  • Medicamentos (¿incluirá el Mens Force?)
  • Alimentos de bebé; debe de ir el bebé (a menos que tengas alguna clase de fetiche que quieras “documentar”)
  • Cilindros de oxígeno (con prescripción médica obligatoria)
  • Cosméticos en envases de no más de 100 ml dentro de una bolsa de plástico resellable de 20 por 20 centímetros y se debe de poder cerrar (por favor, hagan caso y no armen un pancho porque no les dejan llevar su bote 1 litro de tinte para cabello o su gel extra firme marca Loco por Mary)
  • Bebidas alcohólicas (¡Síiiii!) no más de 5 litros (¡YEEEAAAH!) siempre y cuando se hayan comprado en el aeropuerto (¡Aw, maaan! L)
  • Objetos punzantes o herramientas de mano como martillos, desarmadores, pinzas, tijeras, taladros, sierras eléctricas (¡WTF!) siempre y cuando estén documentados y con protección.
  • NO a sustancias inflamables o explosivas como baterías sueltas (chin, yo iba a llevar mi galón de turbosina por si se ofrecía en el viaje)
  • Palos de golf, hockey, bates de béisbol, raquetas u objetos similares siempre y cuando estén empaquetados y sellados y hayan sido previamente revisados por las autoridades.
  • Armas de fuego, partes de ellas, replicas o juguetes que simulen serlo (¡WTF!) pistolas de aire comprimido, de competencia, bengalas, rociadores defensivos de pimienta o picantes SÍ están permitidos (¡WTH!) pero tienen que ser previamente revisados (claro, porque hay que checar que el cuerno de chivo que lleva el señor no pueda hacer daño a nadie)
  • NO se permite encendedores en forma de pistola, fósforos, cloro, blanqueadores o cualquier otra sustancia química (porque el cloro y los blanqueadores son más peligrosos que una sierra eléctrica o una pistola dentro de un avión)
  • Sillas de ruedas, muletas, bastones o similares que deben de estar empaquetado.

Abue, dicen que no hay pedo con la metralleta pero la silla de ruedas
tiene que empaquetarse porque puede ser peligrosa.

Como se darán cuenta hay de todo un poco. Por favor infórmense de que se puede no llevar para evitarnos problemas a nosotros mismos y pena ajena a otros.

Fuente: El Universal

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